El gobierno ha aprobado el 24 de mayo de 2013 la Ley de Emprendedores. A la espera de la publicación definitiva, KALTEK publica este resumen porque entendemos que puede ayudar a aquellos que quieren iniciar un nuevo negocio. Dentro de los servicios que KALTEK ofrece para ayudar a los emprendedores están:
- Búsqueda de un local donde establecer el negocio. No todos los locales son idóneos para la actividad que quieres desarrollar, hay que tener en cuenta las normas municipales, autonómicas y estatales referente a medioambiente, acústica, protección contra incendios, accesibilidad para personas con movilidad reducida,... Deja que te asesoremos antes de comprar o alquilar un local.
- Diseño del local. Tenemos en cuenta las necesidades de tu negocio y buscamos las estrategias de minimizar los costes de implantación.
- Dirección de obra. Coordinación con los industriales.
- Licencias de actividades. Obtén el permiso para ejercer tu actividad sin sorpresas ni gastos extras innecesarios.
- Legalización de las instalaciones. Electricidad, Climatización, Gas,....
Nos sumamos a las medidas de incentivar el emprendimiento y ofrecemos un 15% de descuento en nuestros honorarios para aquellos que estén en situación actual de desempleo por más de 6 meses.
Ahora te ofrecemos un resumen del anteproyecto de la Ley de Emprendedores, teniendo en cuenta que estamos pendiente de su publicación.
ESTRATEGIA DE EMPRENDIMIENTO Y EMPLEO JOVEN
Los autónomos jóvenes menores de 30 años de edad (menores de 35 años en el caso de mujeres), se aplicará una reducción del 30 % de la cuota por contingencias comunes durante los primeros 15 meses desde el alta.
Y bonificaciones especiales en la cuota de cotización para los autónomos menores de 30 años que se den de alta por primera vez y que en los últimos 5 años no estuviera dado de alta en la Seguridad Social (ya sea como autónomo o por cuenta ajena):
a) Reducción 80 % durante los primeros 6 meses
b) Reducción 50 % durante los siguientes 6 meses
c) Reducción 30 % durante los siguientes 3 meses
d) Reducción 30 % desde los 15 meses siguientes al finalizar la reducción
Se modifica el artículo 212 de la Ley General de la Seguridad Social para que aquellos trabajadores que estén percibiendo la prestación por desempleo no pierdan la prestación por iniciar la actividad de trabajador autónomo. Puedes ejercer de autónomo hasta 24 meses (60 meses si eres menor de 30 años) sin perder el derecho de recibir la prestación por desempleo.
INCENTIVOS FISCALES
Las nuevas empresas con una base imponible de hasta 300.000 euros tributarán un 15%, el resto 20 %.
Los contribuyentes que inicien una vez actividad económica podrán recibir una reducción en un 20 % sobre un máximo de 100.000 €. No le aplica a aquellos que declaran por módulos.
Se crea un IVA de caja para autónomos y PYMES, que permite evitar ingresar a la Administración el IVA hasta que se cobre la factura.
Aparece la figura del "business angel". Es el inversor de proximidad o particular que invierte en empresas nuevas o de reciente creación. Este inversor recibirá un deducción del 20 % en la cuota estatal en el IRPF de la inversión realizada, hasta un máximo de 20.000 €. También disfrutará de una exención total de la plusvalía al salir de la sociedad, siempre y cuando se reinvierta en otra entidad de nueva o reciente creación.
Se fomenta la pluriactividad con reducciones a las cuotas de la seguridad social. Si una persona ya trabaja por cuenta ajena no deberá pagar toda la cuota de autónomo si quiere iniciarse como emprendedor.
ESTÍMULOS A LA CONTRATACIÓN
Se fomenta la contratación a tiempo parcial de al menos 12 meses con vinculación formativa de jóvenes desempleados menores de 30 años. Las empresas o trabajadores autónomos que los contraten tendrán una reducción del 100 % (75 % si la empresa tiene igual o más de 250 trabajadores) de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes.
También disfrutarán de una reducción del 100 % de la cuota empresarial a la a la Seguridad Social por contingencias comunes durante el primer año de contrato de un trabajador menor de treinta años desempleado. Los requisitos de las empresas o trabajadores autónomos serán:
a) Tener una plantilla de 9 o menos trabajadores.
b) No haber tenido ningún vínculo laboral anterior con el trabajador.
c) No haber aplicado en los seis meses anteriores decisiones extintivas improcedentes.
d) No haber disfrutado en más de 12 meses de esta bonificación.
Los menores de 30 años que contraten por primera vez, de forma indefinida, a tiempo completo o parcial, a personas desempleadas a personas de o más de 45 años, disfrutarán de una reducción del 100 % de la cuota empresarial de la Seguridad Social durante el primer año.
También recibirán bonificaciones las empresas que contraten a jóvenes de menos de 30 años sin experiencia laboral o inferior a tres meses, si después de un periodo de prueba de al menos 3 meses transformen el contrato a indefinido. Las bonificaciones serán de 500 euros al año si es un hombre y 700 euros al año si es una mujer durante tres años.
Se crean incentivos a los contratos en prácticas a menores de 30 años aunque hayan transcurrido cinco o más años desde la terminación de los estudios: Reducción del 50 % de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes correspondiente al trabajador.
Las entidades que incorporen a trabajadores desempleados menores de 30 años como socios recibirán una bonificación de 800 euros/año durante 3 años.
CREACIÓN DE EMPRESA
Se agiliza los trámites para la creación de la empresa. Antes se necesitaban hasta 10 diferentes trámites, ahora se podrá realizar de forma telemática y crear la empresa en 24 o 48 horas.