El Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificio sigue sufriendo modificaciones y correcciones de errores. Se ha publicado en el
BOE núm. 213-9354 (jueves 5 de septiembre de 2013) una nueva corrección de errores.
Esta corrección de errores se realiza sobre el
Real Decreto 238/2013, de 5 de abril, que ya modificaba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, aprobado por
Real Decreto 1027/2007.
A continuación detallamos las correcciones de errores publicadas en el BOE mencionado:
- Página 27572, apartado 8.b) primera línea, donde dice "b) Para gasóleo:", debe decir "b) Para gasóleo
, las calderas estándar:"
- En el mismo apartado 8.b), subapartado 2, donde dice: "... a una temperatura media del agua en la caldera igual o superior a
40 ºC:
h ≥ 86 + 3 log Pn.", debe decir "... a una temperatura media del agua en la caldera igual o superior a
50 ºC:
h ≥ 86 + 3 log Pn."
- En la página 27572, apartado 10, donde dice: "10. En las instalaciones que se reformen, queda prohibida la instalación de calderas para calefacción de combustibles fósiles que no cumplan las siguientes características:", debe decir: "10. En las instalaciones que se reformen, queda prohibida la instalación de calderas
estándar para calefacción de combustibles fósiles que no cumplan las siguientes características:".
- En la página 27583, tabla 3.1 Operaciones de mantenimiento preventivo y su periodicidad, donde dice:
· "...
24,4 kW ≤ Pn", debe decir "...
Pn ≤ 24,4 kW"
· "...
70 kW ≤ Pn", debe decir "...
Pn ≤ 70 kW"
· "...
12 kW ≤ Pn", debe decir "...
Pn ≤ 12 kW"
- En la página 27589, "Apéndice 2 Normas de referencia", en la tabla, primera columna correspondiente a "Norma", séptima fila, donde dice: "UNE-EN
ISO", debe decir: "UNE-EN".